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Declaratoria del Concejo Municipal sobre el uso de la bicicleta y la movilización a pie en el marco de la emergencia COVID-19

 

21 mayo, 2020

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ยท        En el marco de la emergencia por la COVID-19 el Concejo Municipal de Montes Oca, mediante moción del regidor Jorge Mora Portuguez, acordó la siguiente Declaratoria sobre el uso de la bicicleta y la movilización a pie:

 

CONSIDERANDO

 

1- Que entre las medidas de prevención para evitar el contagio de COVID 19, el Ministerio de Salud ha señalado una serie de indicaciones, entre las que se encuentra permanecer en casa. Sin embargo, amplios segmentos de la población deben continuar saliendo a sus centros trabajo, abastecerse de alimentos, o para realizar otras diligencias.

 

2- Que cada vez más personas están utilizando la bicicleta o se trasladan a pie, como formas más seguras de movilidad, que además permiten el distanciamiento físico y el ejercicio; tal como lo recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Ministerio de Salud de Costa Rica (MINSA).

 

3- Que actualmente el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), las Municipalidades de San José, Montes de Oca, Curridabat, La Unión y Desamparados, junto a diversos colectivos y organizaciones de ciclismo urbano coordinan el desarrollo de intervenciones temporales en diversos puntos del área metropolitana para brindar mayor seguridad a las personas que actualmente se movilizan en bicicleta o a pie.

 

POR TANTO, EL CONCEJO MUNICIPAL ACORDÓ:

 

Primero. Reconocer la importancia del uso de la bicicleta como un medio de transporte saludable y seguro, que permite el distanciamiento físico y la movilidad, evitando aglomeraciones y potenciales contagios.

 

Segundo. Reconocer la importancia de proporcionar espacios seguros para las personas que se desplazan a pie; donde se garantice el distanciamiento físico necesario, reduciendo así las posibilidades de contagio.

 

Tercero. Instar a las personas que conducen vehículos automotores al estricto cumplimiento de la normativa y señalización vigente, a compartir las vías, a respetar la circulación de ciclistas y personas que caminan, a respetar la distancia de 1,5 m de ley al adelantar a personas en bicicleta, a reducir la velocidad en centros urbanos y a no exceder los límites de velocidad en especial cuando se acerca la hora de la restricción vehicular nocturna.

 

Cuarto. Instar a quienes usan la bicicleta como medio para movilizarse o trabajar en ella, a mantener el distanciamiento físico recomendado, respetar la normativa vigente, las directrices que emanen de las instituciones de Gobierno y el cumplimiento de los protocolos de salud establecidos. Les recordamos también no circular en grupos de más de tres personas, a menos que vivan juntas, tal como lo ha establecido el Ministerio de Salud.

 

Quinto: Instamos a los bancos y otras entidades crediticias a establecer sistemas de financiamiento accesibles para la adquisición de bicicletas y a permitir el ingreso de estos medios de transporte en los sistemas de autobancos. Así como a empresas privadas y comercios a facilitar lugares para el estacionamiento seguro de bicicletas.

 

Sexto. Apoyar los esfuerzos del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de la Comisión Nacional de Emergencias y de las distintas municipalidades involucradas, que, siguiendo las experiencias internacionales, pretenden desarrollar diversas intervenciones, como el establecimiento de ciclovías temporales, la ampliación de aceras y el cierre temporal de vías para el tránsito seguro de personas peatonas y ciclistas.

 

Séptimo. Instar a la Administración Municipal en la persona del señor Alcalde, a que implemente el plan de desarrollo de intervenciones temporales, ciclovías, carriles bici y zonas peatonales temporales; y que puedan servir de experiencias piloto para el ulterior desarrollo de infraestructura ciclista y peatonal permanente; en consonancia con los esfuerzos señalados en el punto anterior, pero sin limitarse a estos y de acuerdo a las disposiciones de la Ley 9660.

 

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Fecha de Última Modificación en el Portal: 18/05/2024

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